Suministro de diseño, construcción, montaje y desmontaje del Pabellón Regional de Murcia en la Feria Alimentaria en Barcelona, que tendrá lugar del 23 al 25 de marzo de 2026.
ORGANISMO: Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia.
DEPENDENCIA QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE: Secretaría General.
OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
a) Domicilio: Plaza de San Bartolomé nº 3 | 30004 MURCIA.
b) Teléfono: 968 229 404
c) Correo electrónico: secretaria@camaramurcia.es
d) Dirección de Internet: www.camaramurcia.es
e) Fecha límite de obtención de documentos e información: durante el plazo de presentación de ofertas.
f) Número de expediente: 2025115-DCE.
TIPO: Suministro
DESCRIPCIÓN: Suministro de diseño, construcción, montaje y desmontaje del Pabellón Regional de Murcia en la Feria Alimentaria en Barcelona, que tendrá lugar del 23 al 25 de marzo de 2026.
DIVISIÓN POR LOTES: No procede.
LUGAR DE ENTREGA: Especificado en los Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas.
PLAZO DE PRESTACIÓN: Especificado en el Pliego de cláusulas administrativas.
ADMISIÓN DE PRÓRROGA: NO.
CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN CPV:
39154000-6 Equipamiento de exposición
39154100-7 Stand de exposición
TRAMITACIÓN: Ordinaria.
PROCEDIMIENTO: Abierto simplificado (artículo 159 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).
1. CRITERIOS DE VALORACIÓN SUBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA
1. Funcionalidad, aprovechamiento del espacio y calidad de materiales | 15 Puntos | |
Para la valoración de este criterio se tendrán en cuenta prerentemente los siguientes aspectos:
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2. Creatividad e innovación | 10 Puntos | |
Para la valoración de este criterio se tendrán en cuenta prerentemente los siguientes aspectos:
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PUNTUACIÓN TOTAL | 25 Puntos | |
2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE FÓRMULAS ARITMÉTICAS
1. OFERTA ECONÓMICA | 65 Puntos | |
Para la valoración de la oferta económica hasta un máximo de 65 puntos se aplicará la siguiente fórmula: P = ( Of min / Of lic ) x 65 Donde P es la puntuación obtenida. OF min es la oferta más baja de entre todas las presentadas. Of lic es la oferta correspondiente al licitador que se valora. 65 es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado. | ||
2. EXPERIENCIA PREVIA | 10 Puntos | |
Se toma en consideración la experiencia del licitador como criterio de valoración porque puede afectar de manera significativa a la mejor ejecución del contrato, ya que se trata de una feria de repercusión internacional y el espacio correspondiente a la Región de Murcia es de gran dimensión. Se valorará la oferta con 0,5 puntos, hasta un máximo de 10 puntos, por cada proyecto realizado de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (diseño, montaje y desmontaje de stands en ferias nacionales e internacionales) y de superficie igual o superior a 200 metros cuadrados, en el curso de alguno de los cinco últimos ejercicios finalizados (2022 a 2024). Para acreditarlo, el licitador deberá presentar con su oferta la siguiente documentación:
Cada certificado o declaración responsable deberá contener la siguiente información:
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PUNTUACIÓN TOTAL | 75 Puntos | |
1. El presupuesto máximo de la licitación asciende a CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS (178.794,00 €), a razón de 516,00 € por metro cuadrado para un superficie total de 346,50 metros cuadrados, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo vigente del 21% en la fecha de convocatoria de la licitación del presente contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 100.1 de la Ley 9/2107 de Contratos del Sector Público.
2. Además de la repercusión del importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, el valor del contrato recogido en el apartado 3.1. podrá verse incrementado con cualesquiera otros tributos, tasas e impuestos que pudieran gravar el objeto del mismo.
RESPONSABLE DEL CONTRATO: Será responsable del contrato el Responsable del Departamento de Comercio Exterior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, que desempeñará las funciones descritas en el apartado 4 del Pliego de cláusulas administrativas.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Con carácter general, y sin perjuicio de las facultades y atribuciones que ostenten los diferentes órganos de administración y representación de la Cámara de Comercio de Murcia, actuará como órgano de contratación la presidenta de la Corporación, que desempeñará las siguientes funciones:
a) Incoar expediente de contratación y disponer la apertura del procedimiento de adjudicación, convocando la pertinente licitación.
b) Autorizar el presupuesto base de licitación.
c) Aprobar el pliego de cláusulas administrativas y la documentación técnica relativa al objeto del contrato.
d) Designar a los miembros de la mesa de contratación.
e) Aprobar el texto del anuncio de licitación y ordenar su inserción en el perfil del contratante de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia.
f) Adjudicar el contrato sometido a licitación
g) Suscribir los documentos contractuales necesarios para formalizar el contrato.
MESA DE CONTRATACIÓN: Estará integrada por las siguientes personas:
a) El secretario general de la Cámara de Comercio de Murcia, Don José Daniel Martín González.
b) El vicesecretario general de la Cámara de Comercio de Murcia, Don Valentín Izquierdo Sánchez.
c) La responsable del Departamento de Administración y Servicios Internos, Dª Isabel Hernández Miñarro.
d) El responsable del Departamento de Comercio Exterior, Don Leonardo Pérez Molina.
e) El responsable del Departamento de Asesoría Jurídica, Don Leandro Llamas Pérez, que hará las veces de secretario de la mesa.
1. Podrán concurrir al procedimiento de licitación cualesquiera personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional con arreglo a lo previsto en los dos apartados siguientes, y no incurran en las causas de prohibición de contratar previstas en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
2. Las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya actividad económica u objeto social tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. Asimismo deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
3. De acuerdo con lo establecido en el apartado a) del artículo 159.4 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, o haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello en fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas.
No obstante lo anterior, al tratarse de un contrato de suministro (para los que no existen Grupos ni Subgrupos previstos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas), y siguiendo la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación del Estado a los órganos de contratación en relación con la aplicación del requisito de inscripción en el ROLECE del artículo 159 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para aquellas empresas que no hayan podido obtener la inscripción en alguno de los Registros mencionados será suficiente con la presentación de la declaración responsable recogida en el Anexo I del presente Pliego, así como con el cumplimiento de los requisitos de solvencia previstos en los dos apartados siguientes.
4. Solvencia económica y financiera.
Requisito mínimo: la cifra anual de negocios del licitador en el año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos (2022, 2023 o 2024) deberá ascender como mínimo a una vez y media el valor estimado del contrato, esto es, 221.645,46 €.
Este requisito se acreditará mediante por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. En el caso de empresas de países miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se aportarán las cuentas anuales aprobadas por la entidad, autenticadas por notario o autoridad similar de su país. En el caso de las restantes empresas extranjeras, se aportarán las cuentas anuales aprobadas por la entidad y autenticadas por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
5. Solvencia técnica y profesional.
Requisito mínimo: los proyectos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (diseño, montaje y desmontaje de stands en ferias nacionales e internacionales) en el curso de alguno de los tres últimos ejercicios finalizados (2022, 2023 o 2024) deberán alcanzar un importe anual acumulado equivalente al 70% del valor estimado del contrato: 103.434,55 €.
Este requisito se acreditará aportando la siguiente documentación:
a) Relación de los proyectos realizados en la que en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos.
b) Para cada proyecto cuyo destinatario sea una entidad del sector público, certificado expedido o visado por el órgano competente.
c) Para cada proyecto cuyo destinatario sea una entidad del sector privado, certificado expedido o declaración responsable emitida por la empresa destinataria del suministro, acompañado de los documentos obrantes en poder de esta que acrediten la realización de la prestación.
Cada certificado o declaración responsable deberá identificar la Feria en la que se ejecutó el proyecto, a la empresa ejecutante del mismo y el importe facturado por esta.
6. Los licitadores deberán encontrarse al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
7. Los licitadores extranjeros deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 67 y 68 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, según se trate de empresas comunitarias o de empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea.
Así mismo, las empresas extranjeras deberán aportar una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias de que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
8. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el licitador del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
9. Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato en su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. Así mismo, cada una de las empresas participantes deberá acreditar individualmente las circunstancias referidas a la personalidad del empresario y a su solvencia económica y financiera, así como las que justifiquen su solvencia técnica.
Respecto a la determinación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a estos efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La duración de las uniones temporales de empresas deberá extenderse hasta cubrir la totalidad del plazo de duración previsto para el contrato objeto de licitación.
10. Cada persona o entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por suscritas por la misma persona o entidad licitadora.
FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN: 9 de enero de 2026.
HORARIO DE PRESENTACIÓN: de 9:00 a 14:00 horas.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la Secretaría General de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, ubicada en Plaza de San Bartolomé nº 3, Murcia. No se admitirán las licitaciones enviadas por correo electrónico o postal ni las presentadas en cualquier otro registro.
GARANTÍA PROVISIONAL: No procede.
GARANTÍA DEFINITIVA: El adjudicatario deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por 100 del precio final ofertado, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (artículo 107 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público).
Documentación adjunta
ACUERDO DE INICIO
DEL EXPEDIENTE
PLIEGO DE CLÁUSULAS
ADMINISTRATIVAS
PLIEGO DE
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
DECLARACIÓN
RESPONSABLE
OFERTA
ECONÓMICA

