CONCURSO DE PROYECTOS. Selección y desarrollo del anteproyecto para la reforma de la planta baja del edificio sede de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, situado en Murcia, Plaza de San Bartolome nº 3.
ORGANISMO: Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia.
DEPENDENCIA QUE TRAMITA EL EXPEDIENTE: Secretaría General.
OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
a) Domicilio: Plaza de San Bartolomé nº 3, 30004 – MURCIA.
b) Teléfono: 968 229 404
c) Correo electrónico: secretaria@camaramurcia.es
d) Dirección de Internet: www.camaramurcia.es
e) Fecha límite de obtención de documentos e información: durante el plazo de presentación de ofertas.
f) Número de expediente: 2025041-SGE.
DESCRIPCIÓN: Selección y desarrollo del anteproyecto para la reforma de la planta baja del edificio sede de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, situado en Murcia, Plaza de San Bartolome nº 3.
DIVISIÓN POR LOTES: No procede.
CÓDIGO DE IDENTIFICACIÓN CPV: 71200000-0-Servicios de arquitectura y servicios conexos.
PROCEDIMIENTO: Concurso de proyectos (artículos 183 a 187 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público).
El jurado efectuará la valoración de las propuestas (con una puntuación máxima de 100 puntos) atendiendo a la siguiente baremación de objetivos resueltos, según los previstos en la documentación técnica adjunta a las Bases del concurso:
OBJETIVOS A VALORAR
PUNTOS
1. Calidad general de la propuesta, solución arquitectónica y adecuación al programa funcional y de necesidades.
55
2. Rigor y economía presupuestaria de la propuesta.
20
3. Adecuación de la propuesta a la futura intervención integral del edificio (incorporación de los elementos propuestos de comunicación vertical y flujos de circulación).
10
4. Diseño de instalaciones.
5
5. Sostenibilidad, eficiencia, residuos: - Implantación de la certificación ISO 5001
- Certificación energética
- Certificación de la intervención en fase de proyecto con un sello de reconocido prestigio
5
6. Uso de metodología BIM aplicada al proyecto.
5
Se valorarán especialmente las propuestas que ofrezcan mejores condiciones y mejor se adapten a los requerimientos indicados en la documentación técnica adjunta a las presentes Bases, desglosados en los criterios indicados en el cuadro anterior. Además, se tendrá en cuenta el orden y claridad expositiva del desarrollo de la solución propuesta, así como la legilibilidad, caracterización de la documentación gráfica de la propuesta y grado de aplicabilidad de la metodología BIM asociada al proyecto posterior.
De acuerdo con el artículo 183.4 de la LCSP, el valor estimado (IVA no incluido) del presente concurso de proyectos, resultado de la cuantía del contrato de servicios que pudiera adjudicase posteriormente más el importe total de los pagos y primas, asciende a un importe total de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO EUROS (152.134,00 €) desglosados en:
- Importe de los premios: 8.000,00 €. No se incluye aquí la dotación económica correspondiente al primer premio (10.000,00 €), que tendrá la consideración de entrega a cuenta de los honorarios que el ganador del concurso deba percibir, en su caso, por el contrato de servicios al que se refiere el punto siguiente, y que por lo tanto está incluida en el valor estimado de dicho contrato.
- Valor estimado del contrato que, en su caso, pueda adjudicarse: 144.134,00 €
RESPONSABLE DEL CONTRATO: Será responsable del contrato el Secretario General de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, el cual, además de desempeñar las funciones previstas en la Ley de Contratos del Sector Público, intervendrá en el procedimiento de adjudicación y contratación dictando cuantos actos de trámite sean precisos para el impulso y correcta tramitación del mismo, por delegación expresa del Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Murcia acordada en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2025.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Con carácter general, y sin perjuicio de las facultades y atribuciones que ostenten los diferentes órganos de administración y representación de la Cámara de Comercio de Murcia, actuará como órgano de contratación la presidenta de la Corporación, que desempeñará las siguientes funciones:
- Incoar expediente para la tramitación del concurso de proyectos y disponer la convocatoria del mismo.
- Autorizar el presupuesto para premios, que incluirá tanto los premios del concurso como el valor estimado del contrato de prestación de servicios que, en su caso, pueda celebrarse con el ganador del concurso para la elaboración del proyecto definitivo y la dirección de obra.
- Dar traslado del texto de las Bases y la documentación técnica adjunta a las mismas a los miembros del Comité Ejecutivo y al Colegio de Arquitectos de Murcia (COAMU), con carácter previo a su aprobación, para que formulen las observaciones que estimen pertinentes.
- Solicitar al Colegio de Arquitectos de Murcia (COAMU) la designación de uno de los cinco miembros del jurado, que deberá recaer en la persona de alguno de sus colegiados.
- Aprobar las Bases y la documentación técnica adjunta a las mismas que regirán el concurso de proyectos.
- Ordenar la inserción de las Bases y de la documentación técnica en el perfil del contratante de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, así como su comunicación al Colegio de Arquitectos de Murcia para que le den una mayor difusión entre sus colegiados.
- Adjudicar los premios del concurso previstos en las Bases, sujetándose al fallo emitido por el jurado.
- En su caso, adjudicar el posterior contrato de prestación de servicios al ganador del concurso y suscribir los documentos contractuales necesarios para formalizar el contrato una vez adjudicado.
La presidenta desempeñará estas funciones por delegación expresa del Comité Ejecutivo acordada en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2025, con sujeción en todo caso a lo establecido en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes aplicables al caso, y dando posteriormente cuenta al propio Comité Ejecutivo del resultado de las funciones encomendadas, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 28.1, apartado i), y 28.3 del Reglamento de Régimen Interior de la Corporación.
JURADO: Estará integrado por las siguientes personas:
- Don Carlos Recio Caride, miembro del Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Murcia.
- Don Luis Mesa del Castillo Clavel, miembro del Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Murcia.
- Don Félix Santiuste de Pablos, arquitecto.
- Don Jesús Zafra Serrano, arquitecto.
- Un vocal, arquitecto titulado, designado por el Colegio oficial de Arquitectos de la Región de Murcia (COAMU), cuya identidad será oportunamente publicada en el perfil del contratante de la Cámara de Comercio de Murcia una vez se haya producido su designación.
En aplicación de lo previsto en los artículos 65 a 70 LCSP podrán concurrir las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en una prohibición para contratar establecidas en el artículo 71 LCSP y acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigida en las Bases del concurso. Se deberá contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que sea exigible.
Podrán concurrir al presente concurso, teniendo en cuenta su objeto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, artículos 2.1 a),10.2 a) y 12.3 a), las siguientes empresas y profesionales:
- Todas las personas físicas con titulación de Arquitecto según lo establecido en la Ley 38/1999, del 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y demás normativa de aplicación (artículos 2.1.a y 10.2.a), que tengan plena capacidad de obrar y no se encuentren incursos en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración según la normativa vigente, que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma prevista en las presentes Bases. Así mismo, podrán participar equipos multidisciplinares en los que bajo la dirección y responsabilidad de un Arquitecto, pueden incluirse otros técnicos.
- En el caso de personas jurídicas el objeto del concurso habrá de estar comprendido dentro del objeto social y de los fines propios de la entidad, con arreglo a lo previsto en sus Estatutos y normas reguladoras, y la propuesta presentada debe estar redactada por un Arquitecto o un equipo multidisciplinar bajo la dirección y responsabilidad de un Arquitecto.
- Se admite también la participación de agrupaciones de profesionales o empresas de técnicos competentes (uno de los cuales al menos habrá de ser arquitecto, conforme a lo establecido en la Ley 38/1999, del 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás normativa aplicable) que adopten la forma de UTE (Unión Temporal de empresas o profesionales) según resulta del artículo 69 de la LCSP. En este caso deberán anexar un compromiso de unión que mantendrán durante la vigencia del concurso, con designación de la persona que asumirá la representación frente a la Cámara. Deberán indicar también los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE, caso de resultar adjudicatarios (art. 69 LCSP y 24 del RGLCAP). Presentarán también la designación de un representante o apoderado único de la unión con poder suficiente para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poder mancomunado que puedan otorgar las empresas para cobranzas y pagado de cuantía significativa.
Los técnicos participantes en el concurso (autores y colaboradores) deben estar facultados para ejercer en España. Se consideran técnicos facultados para ejercer en España, los que estén en posesión de la titulación profesional habilitante y se encuentren colegiados para ejercer en territorio español cuando la colegiación sea obligatoria. Así mismo, aquellos que están en posesión del título correspondiente, no español, bien legalmente reconocido (títulos de la Unión Europea) u homologado al español y que cumplan en su caso el dispuesto en el LCSP para el caso de personas físicas o jurídicas de estados no miembros de la Unión Europea y de Estados miembros, según proceda.
En el caso de las empresas no españolas se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP.
Los interesados en presentarse a esta licitación no podrán tener deuda alguna con la Cámara, por lo que de existir quedarán directamente excluidos del procedimiento de licitación.
FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN: 30 de diciembre de 2025.
HORARIO DE PRESENTACIÓN: de 9:00 a 14:00 horas.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: Los participantes deberán presentar sus propuestas en la Secretaría General de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia, ubicada en Plaza de San Bartolomé nº 3, Murcia. No se admitirán las propuestas enviadas por correo electrónico o postal ni las presentadas en cualquier otro registro.
GARANTÍA PROVISIONAL: No procede.
GARANTÍA DEFINITIVA: Con arreglo a lo establecido en el artículo 107.1 LCSP y dadas las características del presente concurso de proyectos, no se exige la constitución de garantía definitiva al ganador del concurso, sin perjuicio de su procedencia en el procedimiento negociado sin publicidad previsto en el apartado 24 de las presentes Bases, en concordancia con el art. 168.d) LCSP.
Documentación adjunta
ACUERDO DE INICIO DEL EXPEDIENTE
BASES DEL CONCURSO
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Modelos normalizados
DECLARACIÓN RESPONSABLE | PERSONAS FÍSICAS
DECLARACIÓN RESPONSABLE | PERSONAS JURÍDICAS
COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN UTE
Resolución de consultas (apartado 7.1 de las Bases del concurso)
Las alturas libres vienen marcadas en los planos de planta, que se pueden encontrar en la documentación técnica adjunta a las Bases del concurso, accesible a través del siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1evipg1xLUvKgZGcuiN3LZDhZ20pCkcEX/view?usp=sharing
Existe una versión de los alzados en el sitio web del Ayuntamiento de Murcia. Se puede consultar esta información en los siguientes enlaces:
- Documentación del Plan Especial. FIGURA UH-442 EDNP – Convento Las Luisas: http://urbanismo.murcia.es/infourb/desarrollo?sc=UH-442&al=
- Alzados: https://drive.google.com/file/d/1v4ADM0kasCqa9qgHz8CwQQ5YJTltsRI3/view?usp=sharing
No es necesario realizar preinscripción alguna con carácter previo a la presentación de la propuesta.
La documentación administrativa (sobre 1) y la documentación técnica (sobre 2) deben presentarse de forma conjunta, en un único paquete que contendrá los dos sobres cerrados y anónimos, y en el que se referencie el siguiente título CONCURSO DE PROYECTOS CON INTERVENCIÓN DE JURADO PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO DE REFORMA DE LA PLANTA BAJA DE LA SEDE DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE MURCIA, así como un lema que será como máximo de 20 caracteres alfanuméricos con posibilidad de utilizar guion bajo sin espacios (por ejemplo: La_Cámara_2025 ), todo según se especifica en el apartado 7.5 de las Bases del concurso.
Los planos y la restante documentación técnica relativa al espacio objeto de intervención se pueden obtener en este mismo perfil del contratante, a través del siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1evipg1xLUvKgZGcuiN3LZDhZ20pCkcEX/view?usp=sharing
El programa de necesidades se encuentra incluido en el documento denominado PPT (Pliego de Prescripciones Técnicas), que forma parte de la documentación técnica adjunta a las Bases del concurso, disponible para su descarga en este perfil del contratante a través del siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1evipg1xLUvKgZGcuiN3LZDhZ20pCkcEX/view?usp=sharing
En esta fase de concurso solo se pide el resultado de la aplicación de la metodología BIM, mencionando los programas que se han utilizado (Revit, Allplan, etc.). No es necesario presentar archivos originales con la propuesta.
El compromiso vinculante de suscripción de seguro de indemnización por riesgos profesionales debe presentarse ahora, en la fase de concurso, junto con la documentación administrativa (sobre 1). El texto de este compromiso vinculante ya viene incluido en el MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA AL DEUC (Anexo II de las Bases del concurso), tanto para personas físicas como para personas jurídicas, que pueden descargarse desde el perfil del contratante de la Cámara a través de los siguientes enlaces:
- Personas físicas: https://www.camaramurcia.es/camara-de-comercio/perfil-de-contratante/expediente-2025041-sge/2025041-sge_declaracion_responsable_personas_fisicas/
- Personas jurídicas: https://www.camaramurcia.es/camara-de-comercio/perfil-de-contratante/expediente-2025041-sge/2025041-sge_declaracion_responsable_personas_juridicas/
Sólo en caso de que el participante resulte ganador y posterior adjudicatario del contrato de prestación de servicios para la redacción del proyecto y dirección de obras, según lo indicado en las Bases del presente concurso de proyectos, se deberá formalizar la contratación del seguro dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Atendiendo a lo prescrito en el apartado 6.1 de las Bases, varios arquitectos coautores de un anteproyecto sólo pueden concurrir al concurso de dos formas:
- Como equipo multidisciplinar (que puede incluir a arquitectos y/u otros técnicos), pero siempre bajo la dirección y responsabilidad de un arquitecto, que será quien deba reunir los requisitos de aptitud y solvencia económica, técnica y profesional.
- Como Unión Temporal de Empresas, adjuntando el compromiso de constituirla en caso de ganar el concurso y resultar adjudicatarios del subsiguiente contrato de prestación de servicios (compromiso que deberán mantener durante la vigencia del concurso), designando a la persona que asumirá la representación frente a la Cámara y observando el resto de requisitos previstos en las propias Bases para concurrir bajo la forma de Unión Temporal de Empresas.
Para acreditar la experiencia profesional a que se refiere el apartado 6.3.2 de las Bases, llegado el momento, se podrá aportar cualquier documento de los habituales en el proceso de edificación (certificado final de obra, proyecto visado, presupuesto del ICIO). No obstante, siempre será preciso presentar alguno de los documentos acreditativos que exigen las propias Bases:
- Cuando el destinatario hubiera sido una entidad del sector público, certificado expedido o visado por el órgano competente.
- Cuando el destinatario sea un sujeto privado, certificado expedido por este.
- Certificado expedido por el Colegio Profesional correspondiente.
En dichos certificados se relacionará el título, objeto y naturaleza del proyecto y dirección de obra, con indicación de presupuesto, superficie construida y uso, así como código correspondiente según el Vocabulario Común de los Contratos Públicos (CPV).
La experiencia profesional previa que consista en proyectos realizados o en obras dirigidas en su día conjuntamente con otro u otros arquitectos que no participen ahora en la propuesta presentada a este concurso, es computable a los efectos previstos en este apartado de las Bases, que de forma específica señalan que «Se admitirá a estos efectos la acreditación de experiencias previas profesionales ejercidas bien de forma individual, o bien en asociación y/o colaboración demostrada con otro profesional».
En cualquier caso, la experiencia profesional previa a la que se refiere el apartado 6.3.2 de las Bases es requisito para celebrar el posterior contrato de prestación de servicios que tendrá por objeto la redacción del proyecto básico y del proyecto de ejecución, así como la posterior dirección de obra, y su acreditación sólo se exigirá con carácter previo a la adjudicación y celebración de ese contrato.
En el apartado 7.5.2. de las bases, al referirse a la documentación que se debe presentar con la propuesta técnica, menciona «1) TRES PANELES DIN A1».
Sin embargo, más adelante en el mismo apartado, al referirse a la memoria en el punto 2), señala que «La portada será una reproducción en tamaño A3 de los cuatro paneles a que se refiere el apartado anterior. La extensión máxima será de 14 hojas DIN A3 y su equivalente archivo PDF, impresas a una sola cara e incluyendo las reproducciones de los paneles».
Esta contradicción puede inducir a confusión acerca del número de paneles tamaño A1 que se debe aportar con la propuesta técnica. La posible confusión viene motivada por un error en el proceso de redacción de las Bases, por lo que serán admitidas tanto las propuestas que presenten tres paneles tamaño A1 como las que presenten cuatro.
En cuanto a la portada de la Memoria, deberá recoger en un solo A3 la imagen de los paneles que se hayan presentado, ya sean tres o cuatro.
Se adjunta plano de situación con las siguientes referencias:
- Grupo electrógeno: círculo rojo.
- Cuadros eléctricos: dos círculos amarillos. Dan servicio a zonas distintas:
- A | Zona del salón de actos
- B | Resto de la planta baja
- Círculo azul: cuadro principal de suministro con el embarrado de entrada para la distribución a los distintos cuadros del edificio. Dentro del círculo se indica también la ubicación de dicho cuadro.
El grupo electrógeno ocupa toda su sala. Sus dimensiones aproximadas (sin tener en cuenta el tubo de escape) son las siguientes:
- Largo: 210 cm
- Ancho: 82 cm
- Alto: 140 cm
El plano, además de varias fotografías del cuarto de cuadros de teleco y control de clima, se pueden descargar en el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1fuLhN4kBY_M5apL1cR83d0unEssee0xt/view?usp=drive_link
Desarrollo del procedimiento
3 NOVIEMBRE 2025
Designación de un miembro del jurado por parte del Colegio de Arquitectos de Murcia (COAMU). Composición definitiva del jurado.
10 NOVIEMBRE 2025
ANUNCIO. Visita al espacio objeto de la reforma que constituye el objeto del concurso

